Charla informativa Cómo viajar de Ecuador a España se desarrolló en Madrid

En el encuentro, abogados especializados informaron a la ciudadanía ecuatoriana sobre los tipos de visas y requisitos para viajar de Ecuador a España. El Visado Schengen continúa en vigor para los ecuatorianos que pretenden visitar el país ibérico, por turismo o períodos de corta duración.

El viernes 19 de febrero del 2016, en el Consulado General del Ecuador en Madrid se llevó a cabo la charla informativa sobre “Cómo viajar de Ecuador a España” para comunicar a la comunidad ecuatoriana, la normativa española que regula el ingreso y salida de ciudadanos extranjeros no pertenecientes a la Comunidad Europea.

El Servicio de Asesoría Jurídica Gratuita del Consulado Ecuatoriano atiende, mayoritariamente, consultas relacionadas con temas de Extranjería; “durante 2015, cerca de un 70% de nuestros compatriotas preguntaron cómo solicitar visados para España, cómo realizar reagrupaciones familiares o la obtención de permisos de residencia” indicó el Cónsul General del Ecuador en Madrid, Gustavo Mateus Acosta.

Los abogados incidieron en la importancia de presentar la documentación pertinente, a fin de evitar que los visados sean denegados. “Para obtener visados por turismo o visados Schengen se deberá probar la suficiencia económica de quién lo solicita, no es oportuno presentar los giros de dinero que hacemos desde España porque nos estaríamos contradiciendo” señaló Cynthia Favero, abogada del Servicio de Asesoría Jurídica Gratuita.

En relación al Visado por reagrupación familiar, los ciudadanos ecuatorianos que poseen nacionalidad española pueden solicitar el visado para el cónyuge e hijos/as de hasta 22 años; a partir de ésta edad, se debe acreditar que dependen económicamente de la persona que vive en España. En el caso de ecuatorianos que poseen permiso de residencia, la limitación es 18 años, salvo que el hijo/a tenga alguna discapacidad o problema de salud que no le permitan proveerse de alimentos por sí mismo.

La recomendación para los ciudadanos ecuatorianos con doble nacionalidad es tramitar la nacionalidad española por opción para los hijos/as. “Una vez que el hijo obtenga la nacionalidad española, no requiere visado” para ingresar al país ibérico, resaltó Gustavo Kolschinske, abogado del Servicio de Asesoría Jurídica Gratuita.

Los ciudadanos ecuatorianos deben contar con un visado para su ingreso y estancia en España. Acorde a la legislación española, los visados pueden solicitarse por: Tránsito, Corta Estancia o Turismo (Schengen), Residencia (sin actividad laboral), Residencia y Trabajo por cuenta propia, Residencia y Trabajo por temporada, de Estudios, de Investigación.

En abril pasado, el gobierno ecuatoriano presentó la solicitud a España para a sus ciudadanos no se les exija el Visado Schengen cuando visiten Europa por turismo o períodos de corta duración (hasta 90 días). Actualmente, dicho visado continúa en vigor para los ciudadanos ecuatorianos y, la aprobación de su exención es competencia de la Unión Europea.

Fuente: Consulado de Ecuador en Madrid